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19. IMPORTANTÍSIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE VALORACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS PRESTADOS EN RESIDENCIAS DE MAYORES PRIVADAS

  NOTA DE PRENSA: Importantísima sentencia del Tribunal Supremo sobre valoración de servicios sanitarios prestados en residencias de mayores. Beneficia, fundamentalmente, a quienes no adquirieron la condición de personal estatutario fijo al no serles valorados los servicios sanitarios que prestó en esos centros. O, en otros casos, podría afectar al orden de elección de destinos, pudiendo ser solicitada la revisión de esas adjudicaciones aduciendo la vulneración del principio de igualdad. Evidentemente, según la jurisprudencia consolidada del propio Tribunal Supremo, la sentencia no afecta a quienes tomaron posesión de su plaza.

18. SENTENCIA SOBRE VALORACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS EN RESIDENCIAS DE MAYORES PRIVADAS

COMUNICADO URGENTE CON ASUNTO: VALORACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS EN RESIDENCIAS DE MAYORES PRIVADAS.           El Tribunal Supremo, Sala Tercera, en sentencia dictada el pasado 19 de julio, ha condenado por tercera vez al Servicio Extremeño de Salud a valorar los servicios sanitarios prestados en residencias de mayores privadas.            La enorme trascendencia de este pronunciamiento del Tribunal Supremo radica en que el SES ha sido condenado a computar esa experiencia profesional en un proceso selectivo de acceso a la condición de personal estatutario fijo (convocado en 2017) mientras que las dos sentencias anteriores se referían a Bolsas de Trabajo.       Imperiosas razones de igualdad obligan al SES a valorar los servicios sanitarios prestados en residencias de mayores a quienes así lo hayan reclamado en tiempo y forma, y no sólo en sus Bolsas de Trabajo, sino también en los procesos de reclutamiento de personal fijo. De hecho, confiamos en que, tras el dictado de esa sentencia,