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Mostrando las entradas etiquetadas como empleo público

19. IMPORTANTÍSIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE VALORACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS PRESTADOS EN RESIDENCIAS DE MAYORES PRIVADAS

  NOTA DE PRENSA: Importantísima sentencia del Tribunal Supremo sobre valoración de servicios sanitarios prestados en residencias de mayores. Beneficia, fundamentalmente, a quienes no adquirieron la condición de personal estatutario fijo al no serles valorados los servicios sanitarios que prestó en esos centros. O, en otros casos, podría afectar al orden de elección de destinos, pudiendo ser solicitada la revisión de esas adjudicaciones aduciendo la vulneración del principio de igualdad. Evidentemente, según la jurisprudencia consolidada del propio Tribunal Supremo, la sentencia no afecta a quienes tomaron posesión de su plaza.

14. PAGA EXTRA DE FUNCIONARIOS ESTANDO DE BAJA

¿Cómo se calculan las pagas extras estando de baja? Hay que aclarar que la incapacidad temporal (IT), comúnmente conocida como “baja”, es la situación en que se encuentra un trabajador mientras está impedido para trabajar temporalmente, bien a causa de una enfermedad, de un accidente o período de observación por enfermedad profesional, etc. Y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante esa situación de “baja”, la relación de trabajo se suspende (no se extingue), por lo que ni el trabajador tiene que prestar servicios, ni la empresa tiene que abonarle una remuneración. Como durante la IT la empresa no le paga al trabajador su remuneración, éste no le podrá reclamar con éxito a su empresa (Administración Pública en este caso) la paga extraordinaria de junio si, por ejemplo, ese mes hubiera estado de baja.   ¿Cuándo se cobra la paga extra de los funcionarios? No hay ninguna norma que fije, con carácter general, el momento concreto en que todos los funcionarios co

12. DISCRIMINACIÓN LABORAL POR EMBARAZO

¿En qué situaciones sufre una mujer embarazada discriminación laboral?     Es fundamental ser conscientes de que el trato discriminatorio a una mujer embarazada se puede producir no sólo mientras la relación laboral se está desarrollando (por ejemplo, con ocasión del ejercicio de cualquiera de los específicos derechos que le asisten), sino también antes de que se inicie o en el momento de su finalización.     Así, una mujer embarazada resultará discriminada si, debido a su estado de gravidez, la empresa la destina a un puesto de trabajo distinto y, a raíz de ese cambio, le reduce sus retribuciones.    En este sentido, en sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo se reconoció el derecho a una trabajadora -médico- a seguir cobrando un complemento que percibía por realizar “guardias” a pesar de que en el puesto al que fue destinada a causa de su embarazo no las realizaba. Según el Tribunal Supremo: “ la igualdad de trato entre sexos exige que las modificaciones del puesto de tr